miércoles, 15 de enero de 2014

Fiscal del DN asegura Claudio Nasco no sostuvo relaciones sexuales el día en que murió

                         
LE RESPONDE AL PATÓLOGO SERGIO SARITA VALDEZ Y DICE QUE ÉL NO REALIZÓ LA AUTOPSIA, QUE FUE PRACTICADA POR LOS PATÓLOGOS MERCEDES FELIZ ÁNGELES Y URIA RODRÍGUEZ GÓMEZ

La fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, dijo hoy que a raíz del asesinato del comunicador Claudio Nasco se ordenó la autopsia que fue practicada por los patólogos Mercedes Feliz Ángeles y Uria Rodríguez Gómez, cuyo resultado preliminar fueron entregados el 23 de diciembre pasado al ministerio público.
Reynoso informó que dispuso la realización de exámenes toxicológicos y de laboratorios en el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) y que en ninguno de los peritajes participó el patólogo Sergio Sarita Valdez, por lo que sus declaraciones respecto al tema “no son las de un perito que ha trabajado en el mismo haciendo estudios técnicos”.
“Resulta cuestionable que un profesional que no es parte de una investigación le hable a la sociedad en una calidad que no ha tenido ni tendrá en el proceso. Asegurar que Nasco sostuvo relaciones sexuales en la escena del crimen con sus victimarios es irresponsable ya que las evidencias forenses y la investigación desmienten esta teoría”, manifestó la fiscal.
Agregó que sorprenden y resultan sin ningún fundamento las declaraciones de Sarita Valdez, ya que, según dijo, nunca ha tenido comunicación con él en el transcurso de la investigación debido a que no es uno de los peritos apoderados del caso.
“La Fiscalía del Distrito Nacional siempre ha sido respetuosa del trabajo de los peritos y en ningún proceso ha solicitado que se alteren los resultados de un análisis forense. En su momento, y cuando la investigación haya concluido, la Fiscalía le mostrará a la sociedad los resultados finales”, aseveró.
Dijo que no es profesional en una investigación dar como resultados conclusivos indicios aislados que no han sido analizados en el contexto de todas las pruebas recabadas en las indagatorias de un hecho punible.
Destacó, además,  que las escuelas modernas del derecho penal rechazan que un hecho punible se tilde de crimen pasional porque la pasión es una emoción y el derecho penal castiga las acciones u omisiones no los sentimientos.
 “Si bien es cierto que el termino “crimen pasional” fue utilizado en su momento y considerado válido, hoy es una expresión anacrónica”, enfatizó.

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