miércoles, 20 de marzo de 2013

Desestiman una querella contra el Banco Popular

                            

El ministerio público desestimó, mediante una Constancia de Notificación de Dictamen, la querella por supuesta difamación e injuria y presunto delito electrónico de alta tecnología que sometieron varias empresas contra el Banco Popular Dominicano.
La querella de las empresas Dream Casinos Corporation, Empresas de Negocios B.S.E., Dream Lotto D.C.C., Coral Coast Enterteinment y Dream Kiosk Solutions, de capital canadiense, fue interpuesta el 27 de diciembre del pasado año, informó la entidad bancaria.
Refiere que el ministerio público dictaminó que los supuestos medios probatorios suministrados por la defensa de las empresas “violan el artículo 6 de la Ley 53-07, así como el Artículo 26 del Código Procesal Penal”, y por cuanto “los querellantes no han suministrado al ministerio público los elementos necesarios para demostrar el origen lícito de la prueba en la que sustentan el proceso”.
La querella se originó luego de que la entidad financiera cerrara, con apego al protocolo de rigor, las cuentas de la empresa de casinos y otros juegos de azar, a raíz de un requerimiento de la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana a varios bancos comerciales del país, fechado el 24 de agosto de 2012, sobre la necesidad de reportar posibles transacciones consideradas sospechosas que fueron efectuadas, desde Canadá, por uno de los inversionistas canadienses de la empresa.
La Constancia de Notificación de Dictamen, emitida por el procurador fiscal del Distrito Nacional, Carlos Vidal Montilla, director del Departamento de Sistema de Atención, subraya que “es papel de la Superintendencia de Bancos solicitar ese tipo de información y es obligación de los bancos suministrarla a la Superintendencia”.
Sostiene que ninguna entidad financiera está obligada a realizar negocios con personas que no desea tener como clientes, y que tanto el banco como el cliente pueden dar por terminada la relación contractual sin mediar causa o justificación alguna.

No hay comentarios:

Publicar un comentario